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Ley
N°. 20-93
Del
5 de diciembre, 1993
Esta viene a ser
una de las pocas leyes que sobre juventud específicamente existe
en la República Dominicana. La misma vienes a ser también un
complemento al decreto No.2981, que creo la Dirección General
de Promoción de la Juventud como organismo oficial rector de
la política nacional de juventud.
Entre estos casos
la Ley 20-93, en uno de sus artículos declara el treinta y uno
(31) de enero de cada año, día de San Juan Busco, como día Nacional
de la Juventud. Al mismo tiempo que también, en uno de sus artículos,
instituye el Premio Nacional de la Juventud, señalando que mismo
deberá ser coordinado por la Dirección General de Promoción
de la Juventud, la Secretaria de Estado de Educación y Cultura,
y la Secretaria de Estado de Deporte.
El premio Nacional
de la Juventud deberá celebrarse el 31 de enero de cada año,
día nacional de la Juventud, y para este se realizara un acto
que será por todo lo alto, según señala dicha ley.
El Reglamento que
rige esta ley es el No.199-98, y el mismo fue promulgado por
el Poder Ejecutivo en fecha veintidós (22) del mes de mayo de
1998.
Este reglamento
contiene todo lo relativo a la coordinación ente la SEEC y la
DGPJ sobre la celebración del programa oficial de las actividades
que desarrollaran para la celebración del Día Nacional de la
Juventud. Así como también las bases para la organización y
realización del Premio Nacional de la Juventud (Artículos 2
y 3).
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