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Fecha de actualización:
23/12/2009

 

 

 

 

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ORDEN de 4 de febrero de 1997, del Departamento de Educación y Cultura, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón, actualizando la oferta de Albergues y Campamentos en el ejercicio de 1997, y se fijan los precios que han de regir en dicho año.

Adoptado por el Gobierno de Aragón, el día 28 de enero de 1997, el Acuerdo por el que se actualiza la oferta de los Albergues y Campamentos, dependientes de la Dirección General de Juventud y Deporte, en el ejercicio 1997, y se fijan los precios que han de regir en dicho año, se ordena su publicación.

ACUERDO

Primero.--La oferta de instalaciones adscritas al Departamento de Educación y Cultura, dependientes de la Dirección General de Juventud y Deporte, para 1997, será la siguiente:

A) Campamentos:

--"Montes Universales" en Orihuela del Tremedal. Capacidad: 180 plazas. Condiciones de uso: Segunda modalidad.

--"Fernando el Católico" en Moncayo (Zaragoza). Capacidad: 160 plazas. Condiciones de uso: Segunda modalidad.

--"Ramiro el Monje" en Selva de Oza (Huesca). Capacidad: 200 plazas. Condiciones de uso: Segunda modalidad.

--Estopiñán del Castillo (Huesca). Capacidad: 70 plazas. Condiciones de uso: Primera modalidad.

B) Albergues:

--Borja (Zaragoza). "Santuario de La Misericordia". Capacidad: 45 plazas. Condiciones de uso: Primera modalidad.

--Villanúa (Huesca). Capacidad: 100 plazas. Condiciones de uso: Segunda modalidad.

--Canfranc (Huesca). Capacidad: 35 plazas. Condiciones de uso: Primera modalidad.

--Albarracín (Teruel). "Rosa Bríos". Capacidad: 72 plazas. Condiciones de uso: Segunda modalidad.

--Zaragoza. "Baltasar Gracián". Capacidad: 50 plazas. Condiciones de uso: Segunda modalidad. Previa solicitud a la Dirección.

Segundo.--Las Residencias Juveniles "Joaquín Costa" de Barbastro (Huesca), "Luis Buñuel" en Teruel, "Ramón y Cajal" de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza) y "Baltasar Gracián" de Zaragoza, se ofertarán en régimen de albergue, con las siguientes condiciones de uso:

Opciones:

1. Alojamiento.

2. Segunda modalidad. Para grupos y previa solicitud a la Dirección (servicio alimentación por empresa servicios).

3. El número de plazas en periodo escolar estará supeditado al del número de residentes alojados, ofertándose las plazas desocupadas, previa petición y conforme a la disponibilidad existente en cada momento.

4. Plazas:

--Residencia "Joaquín Costa" de Barbastro: 120 plazas. Periodo de apertura: Todo el año.

--Residencia "Luis Buñuel" de Teruel: 166 plazas. Periodo de apertura: Meses de julio, agosto y septiembre.

--Residencia "Ramón y Cajal" de La Almunia de Doña Godina: 72 plazas. Periodo de apertura: Meses de julio, agosto y septiembre.

--Residencia "Baltasar Gracián" de Zaragoza: 168 plazas. Periodo de apertura: Meses de julio, agosto y septiembre (como ampliación de plazas de albergue).

5. Adjudicación: Las solicitudes cursarán para grupos que, como mínimo alcancen el 50 % de las plazas ofertadas. En caso contrario, podrá denegarse la adjudicación o admitir en las mismas fechas otras solicitudes que cubran el número de plazas no ocupadas.

Las solicitudes de uso de las Residencias Juveniles como albergues en periodo estival, deberán cursarse, como mínimo, con 30 días de antelación a la ocupación de la Residencia.

Tercero.--Los precios que regirán durante el año 1997 para el uso de los albergues y campamentos a que se hace referencia en el presente acuerdo, serán los establecidos en su anexo I. A los usuarios poseedores del Carné Joven Euro>26 en vigor, se les efectuará un descuento del 20 % en los servicios individuales contratados.

Cuarto.--En todo lo no establecido en el presente Acuerdo, será de aplicación lo dispuesto en la Orden de 15 de enero de 1993, del Departamento de Cultura y Educación, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón" número 8, de 22 de enero de 1993.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.--Se faculta a la Dirección General de Juventud y Deporte para dictar las instrucciones que resulten necesarias para el desarrollo y aplicación de este Acuerdo, así como para modificar y regular los procedimientos y modelos de expediente en que se instruirán los distintos supuestos de adjudicación.

Segunda.--El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

ANEXO I CUOTAS DE SERVICIOS PARA 1997

ALBERGUES

1ª modalidad Jóvenes (<26 años) Adultos
Individual De mayo a octubre: 500 pts.

Resto del año: 600 pts.

De mayo a octubre: 700 pts.

Resto del año: 800 pts.

Grupos juveniles

Colectiv. de Ent.

(>20 jov.+monitores)

De mayo a octubre: 350 pts.

Resto del año: 450 pts.

De mayo a octubre: 550 pts.

Resto del año: 650 pts.

2ª modalidad    
Individual Pen. completa mayo-octubre: 2.200 pesetas

Pen completa resto del año: 2.300 pesetas

Aloj.+desayuno: 1.200 pts.

Alojamiento: 1.000 pts.

1 comida: 800 pts.

Pen. completa mayo-octubre: 2.800 pesetas

Pen completa resto del año: 3.000 pesetas

Aloj.+desayuno: 1.600 pts.

Alojamiento: 1.400 pts.

1 comida: 800 pts.

Grupos juveniles Pen. completa mayo-octubre: 1.500 pesetas Pen. completa mayo-octubre: 2.250 pesetas
Grupos juveniles

Colectiv. de Ent.

(>20 jov.+monitores)

Pen. completa mayo-octubre: 1.500 pesetas

Pen completa resto del año: 1.600 pesetas

Aloj.+desayuno: 900 pts.

Alojamiento: 700 pts.

1 comida: 800 pts.

Pen. completa mayo-octubre: 2.250 pesetas

Pen completa resto del año: 2.700 pesetas

Aloj.+desayuno: 1.300 pts.

Alojamiento: 1.100 pts.

1 comida: 800 pts.

CAMPAMENTOS

1ª modalidad

Grupos juveniles

(>20 jov.+monitores)

100 pts. Plaza/día  
1ª modalidad

Grupos juveniles

(>20 jov.+monitores)

1.000 pts. Plaza/día  

*En los precios establecidos se incluyen los gastos de calefacción y agua caliente.

Zaragoza, a 4 de febrero de 1997.

   

 


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