| DECRETO 234
1 DE FEBRERO DE 1995
Por el cual se autoriza la práctica de unos exámenes de
estado para otorgar títulos de Educación Superior.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
COLOMBIA
en uso de sus atribuciones constitucionales y
legales y en especial de las que le confiere el ordinal 11 del artículo 189 de la
Constitución Política
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2765 del 20 de noviembre de 1989, se
autorizó la práctica de exámenes de Estado a los egresados de la Escuela Nacional de
Arte Dramático, dependencia de Colcultura, con domicilio en Santafé de Bogotá, y la
expedición de títulos de Maestro en Arte Dramático, por parte de la Universidad de
Antioquia,
Que dicha autorización se modificó mediante Decreto 427 de
13 de febrero de 1991, para ampliar el plazo inicialmente fijado para la práctica del
examen de Estado y para autorizar el otorgamiento de los títulos por parte del ICFES,
dada la imposibilidad estatutaria argumentada por la Universidad para tal efecto,
Que el término concedido para la autorización de que trata
el considerando anterior, se venció sin que todos los egresados de la mencionada Escuela,
hubieren presentado el examen y obtenido el respectivo título,
Que los estudios realizados en la Escuela Nacional de Arte
Dramático, actualmente dependencia de Colcultura, se llevaron a cabo al amparo de la
Resolución 3096 de 1968 del Ministerio de Educación Nacional,
Que corresponde al Gobierno Nacional expedir la
reglamentación y procedimientos para organizar los exámenes de Estado, de conformidad
con lo dispuesto en el numeral 3 letra a) del Artículo 36 de la Ley 30 de 1992,
Que mientras se expide la reglamentación general antes
mencionada, se hace necesario solucionar la situación de los egresados de la Escuela
Nacional de Arte Dramático,
Que corresponde al Presidente de la República, ejercer la
potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes
necesarias para la cumplida ejecución de las Leyes.
Que para la debida aplicación de la Ley 30 de 1992, en lo
relacionado con el Examen de Estado a los egresados de la Escuela citada, se hace
necesario ordenar, como caso excepcional, la práctica del mismo y el otorgamiento de los
respectivos títulos, a través de una institución de educación superior;
Que de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del
artículo 27 de la Ley 30 de 1992, los exámenes de Estado son pruebas académicas de
carácter oficial que tienen por objeto, entre otros, el de "verificar conocimientos
y destrezas para la expedición de títulos a los egresados de programas cuya aprobación
no esté vigente".
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizar al Instituto
Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES- para que por intermedio
de la Universidad de Antioquia, con domicilio en Medellín practique exámenes de Estado a
los estudiantes que hayan egresado o que egresen de las promociones que ingresaron desde
1976 hasta un segundo período académico de 1990 de la Escuela Nacional de Arte
Dramático, dependencia de Colcultura, con domicilio en Santafé de Bogotá.
PARAGRAFO: El director del ICFES podrá convenir con la
Universidad de Antioquia los procedimientos y fechas para que se practiquen en Bogotá los
exámenes de Estado.
ARTICULO 2º.- Autorizar a la Universidad de
Antioquia, para que en virtud de la práctica del examen de Estado, previsto en el
Artículo anterior, otorgue el título de "Maestro en Arte Dramático", a los
estudiantes de la Escuela Nacional de Arte Dramático, dependencia de Colcultura,
egresados durante el período previsto en el Artículo 1º del presente Decreto, que
aprueben el examen de Estado y cumplan los requisitos de grado establecidos por la
Universidad. Esta autorización tiene vigencia hasta 31 de diciembre de 1995.
ARTICULO 3º.- Los costos que se originen en
la práctica de los exámenes de estado serán asumidos directamente por los estudiantes
interesados en realizarlos.
ARTICULO 4º.- El presente Decreto rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los
1 DE FEBRERO DE 1995 |