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Fecha de actualización:
12/08/2008

 

 

 

Legislación juvenil en Argentina


 

 

LEY 19.587 del 21/4/72. HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Art. 9. Sin perjuicio de lo que determinen especialmente los reglamentos, son también obligaciones del empleador:
...
k) promover la capacitación del personal en materia de higiene y seguridad en el trabajo, particularmente en lo relativo a la prevención de los riesgos específicos de las tareas asignadas;
Art. 10. Sin perjuicio de lo que determinen especialmente los reglamentos, el trabajador estará obligado a:
...
d) colaborar en la organización de programas de formación y educación en materia de higiene y seguridad y asistir a los cursos que se dictaren durante las horas de labor.

 

 

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