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LOS SINDICATOS Y LA FORMACIÓN PROFESIONAL
La OIT, en su recomendación 150 (art.2) de 1975, expresa que el objeto
de la formación profesional es "descubrir y desarrollar las aptitudes
humanas para una vida activa, productiva y satisfactoria y, en unión
de las diferentes formas de educación, mejorar las aptitudes individuales
para comprender individual o colectivamente cuanto concierne a las condiciones
de trabajo y al medio social, e influir en ellos".
Desde el punto de vista conceptual, se reconoce la
necesidad de que la formación profesional genere en los beneficiarios
mayores niveles de participación, organización y autonomía (individual
y colectiva), de interpretación de los procesos y relaciones de trabajo,
a la vez que propicie la auto-gestión y el autoempleo no marginal.
La participación sindical en la gestión de la formación
profesional es imprescindible para garantizar la pertinencia, oportunidad,
proyección, calidad e impacto de los planes y programas educativos.
La participación en la gestión requiere cuadros sindicales
preparados en la materia, capaces de formular, proponer, y negociar
políticas de formación profesional nacional, sectorial o local.
La preservación del valor social del trabajo es algo
esencial; el sindicalismo puede muy bien ser la voz de los que no la
tienen (sector informal, grupos vulnerables, etc.), y debe organizar
sindicalmente a esos sectores para incluir sus intereses en el sistema
de formación profesional, aparte de recoger sus demandas educativas
y darles el tratamiento pedagógico que mejor resuelva sus carencias
y faculte su participación en la transformación social.
La solidaridad sindical y los intercambios internacionales son espacios
propicios para generar nuevas experiencias e ideas, compromisos y estrategias
globales.