La Flexibilización laboral de
Argentina
La Acción de los sindicatos
Las ultimas tentativas de negociación antes del paro
Con la ratificación de los sindicatos de la convocatoria al paro general
del próximo jueves y la decisión del Gobierno de seguir adelante con
el proyecto de reforma laboral que ese mismo día se tratará en la Cámara
de Diputados, ambos sectores retomaron ayer las negociaciones contra
reloj para tratar de llegar a un punto de acuerdo.
"El diálogo sigue abierto, pero no se llegó a ningún acuerdo",
era la frase lanzada desde ambos sectores ayer a la tarde, luego de
las dos reuniones que el ministro de Trabajo, Alberto Flamarique, mantuvo
con los jefes de la CGT y del MTA.
Las dos partes dieron muestras de que, por ahora, las negociaciones
están en un punto muerto. El gobierno dijo que no hay modificaciones
en el proyecto aprobado en la Comisión de Legislación Laboral de Diputados,
y la CGT lanzará los primeros afiches y cortos televisivos convocando
a la movilización del jueves.
Los jefes sindicales presionan para que el Gobierno dé marcha atrás
en la descentralización de los convenios colectivos que figura en el
proyecto oficial.
Como contraataque, el oficialismo salió a cuestionar la legitimidad
de los dirigentes sindicales. Ayer, el encargado fue el vicepresidente
de la Nación, Carlos Alvarez . Dijo que una parte de esa dirigencia
sindical, "que contribuyó fuertemente a lo que pasó en este país
durante los 10 años del gobierno de Menem", está "a contrapelo
del clima que se formó en el país".
Las conversaciones no tuvieron resultados inmediatos, pero las dos
partes remarcaron que seguirían los contactos.
Los puntos de acuerdo y desacuerdo.
En la semana pasada La nación habia anunciado que gobierno y sindicalistas
habian logrando algunas modificaciones al texto original. Entre los
principales cambios están:
Puntos de acuerdo
- El período de prueba de un trabajador, que actualmente es de un
mes, no será extendido a seis meses, como originalmente contemplaba
el texto oficial, sino sólo a tres meses.
- Los representantes del sindicato nacional estarán facultados para
participar junto a los representantes del sindicato local o los delegados
de empresas en las negociaciones de un convenio inferior (por empresa).
En el proyecto original se establecía que un acuerdo inferior no siempre
debía ser rubricado por el sindicato madre.
- De no haber diferencias entre las posturas de los representantes
del sindicato nacional y las del local, priman las de estos últimos.
- Los convenios colectivos tendrán vigencia indefinida si ninguna
de las partes denuncia su vencimiento. Si esto sucede, desde el mismo
momento tendrán dos años para renovarlo. El texto original daba dos
años desde el día del vencimiento del convenio, más allá de la voluntad
de los actores de renovarlo o no.
- Si al concluir esos dos años no hay acuerdo, podrán solicitar voluntariamente
un mediador. Antes el arbitraje era impuesto por el ministerio en
forma obligatoria. Si se prescinde de mediador, el convenio colectivo
cae y los trabajadores se tendrán que atener a la Ley de Contrato
de Trabajo.
Puntos conflictivos
Los puntos de conflicto entre la propuesta del gobierno y la de la
CGT son, centralmente, dos. El primero tiene que ver con la ultraactividad
de los convenios. Otra materia de controversia es la descentralización
del convenio colectivo. Es el aspecto más importante de la reforma diseñada
por Flamarique y Jorge Sappia. Los sindicatos nacionales le reprochan
un punto central: que los empresarios puedan reclamar un determinado
nivel (regional, por empresa, etc.) para acordar el régimen laboral.
Esa posibilidad -que rige hoy en la práctica- queda establecida por
la nueva ley, que establece que en caso de controversia sobre el alcance
que debe tener un convenio debe pasarse a una mediación o a un arbitraje.
Esto irrita a los sindicalistas, por más que la combinación de varios
artículos del texto les garantice que, en general, serán los sindicatos
nacionales los que negocien con las empresas, aún en el caso de convenios
específicos. Sucede que para negociar por región o por empresa, los
trabajadores deben estar organizados en un sindicatos con personería
gremial a esa escala, algo que sólo sucede en las federaciones. Para
el caso de que se proponga un convenio de alcance inferior, la organización
de alcance nacional también tendrá participación en la negociación.
En el escrito que le enviaron a Flamarique anteayer, y sobre el cual
giraron las charlas, los sindicalistas reclaman que se incluya en las
negociaciones de ámbito menor a los representantes de los sindicatos
nacionales, que no se toquen los aportes de los trabajadores a los gremios,
que se resuelvan las diferencias por arbitraje entre las partes y que
el período de prueba se fije en tres meses, por paritarias.
El proyecto que se tratará esta semana fue consensuado por los diputados
peronistas y de la Alianza en la Comisión de Legislación Laboral, pero
fue rechazado por los sindicatos, que convocaron al paro y movilización
para el jueves.(Clarín,19-02).
El Debate en la visión de los actores y expertos
1. La caída de los convenios, es el gran objetivo del proyecto oficial
FATIDA*
La propuesta de la Alianza, ingresada a la Cámara de Diputados de la
Nación, a las 16.30 horas del 19 de enero, plantea tres objetivos que,
según los autores del proyecto, aspiran a "La promoción del empleo
estable", "Promoción de la negociación colectiva" y "Formalización
del trabajo".
En el primero de los capítulos, para "promover el empleo estable",
propusieron extender el período de prueba de 1a 6 meses y que, mediante
el acuerdo entre los negociadores de un convenio, dicho período pueda
extenderse a un año.Si esto último fuese acordado en una negociación
colectiva, podría llegarse al caso de que una persona trabaje 12 meses
y pueda ser despedida sin derecho a resarcimiento alguno.
La descentralización de la discusión convencional es lo que verdaderamente
preocupa al gobierno, sumergido en la obsesión de desmantelar al movimiento
sindical para continuar avanzando sin oposición con la aplicación de
las recetas del FMI.
Veamos:Con la ley 14.250 y sus variantes, la representación de
los trabajadores está a cargo de la federación o unión de carácter nacional,
firmante del convenio por rama o actividad. También puede negociar colectivamente
un sindicato de alcance provincial o local, previa autorización de la
entidad de mayor alcance (la FATIDA, en nuestro caso, firmante del convenio).
Esta aceptación o decisión de articular el convenio, también podía darse
a nivel de empresa, pero prevaleciendo siempre el convenio mayor.
La propuesta de la Alianza apunta, como ya lo hiciera Caro Figueroa,
a que el convenio de ámbito menor (el que podría firmarse en un sindicato
local o en una empresa) prevalezca sobre el de ámbito mayor (el firmado
por la Federación). Simultáneamente, se pretende que caigan los convenios
firmados en décadas pasadas, en caso de que no exista acuerdo entre
las partes. Asimismo, el proyecto plantea que las empresas puedan excluirse
del cumplimiento de un convenio, cuando la vigencia del mismo pueda
afectar su estabilidad económica.
Si logran aprobar la propuesta, quedaremos enfrentados a lo siguiente:
- Convenios por empresa: Se podrán pactar condiciones de trabajo, de
horario y saláriales tendientes a la baja, inferiores a las del convenio
marco firmado por la Federación nacional. Este es el eje central del
proyecto oficial, claramente dirigido a abaratar el costo de producción.
- Asimismo, si el sindicato local se viere obligado a firmar convenios
por empresa con los distintos establecimientos de un lugar, podría estar
fijando diferentes condiciones de trabajo para compañeros de una misma
actividad.
- El sindicato de una ciudad o provincia, no podría negociar simultáneamente
con todos los establecimientos gráficos existentes.
- En la práctica, en el mejor de los casos, podría llegar a acordarse
para unos pocos talleres y el resto, quedaría sin convenio.
- En este tipo de «negociación», el convenio nuevo puede dejar sin
efecto las conquistas adquiridas en convenios anteriores.
- Se podrán fraccionar las vacaciones en cualquier época del año, establecer
el pago del aguinaldo en cuotas, cambiar las categorías, dejar sin efecto
el sistema de indemnizaciones por otro de capitalización.
- Si se firmara un convenio nacional que posea mejores condiciones
de trabajo y de salario, no tendría efecto sobre el trabajador de una
empresa donde se haya firmado un convenio por empresa.
- Caída de la ultractividad: Significa que cuando un convenio cumple
el período por el cual fue firmado, quedan sin efecto todas las condiciones
establecidas en el mismo, quedando el trabajador regulado por la legislación
general (en este caso, por ejemplo, la Ley de Contrato de Trabajo).
- Si las cámaras empresarias y la Federación firmante de un convenio
nacional no se ponen de acuerdo para renovar un convenio, el Ministerio
de Trabajo puede disponer que las partes se sometan a un arbitraje.
- Con este proyecto, se aspira a que las organizaciones nacionales
pierdan presencia y gravitación. Es una forma de desmantelar al movimiento
sindical, comenzando por arriba, para luego seguir hacia las bases.
De esto último, se ocuparán los empresarios en las negociaciones por
empresa.
Datos sobre la cruda realidad social argentina
De cada 100 personas incorporadas a la vida laboral, 13 están totalmente
desocupadas; 12 trabajan en forma intermitente; 20 tienen un empleo
regular informal es decir, ilegal; y 12 son trabajadores
autónomos carentes de seguridad social. Sólo el 40% de la población
económicamente activa tiene un empleo estable en blanco, pero uno de
cada tres, trabaja jornadas superiores a la legal sin recibir compensación
alguna en cerca de la mitad de los casos.
- Esto permite comprender porqué el 75 por ciento de la población
se siente económicamente insegura.
- La inseguridad económica tiene mucho que ver con la incertidumbre
laboral: el 55% de los ocupados están preocupados por la posibilidad
de quedar sin empleo y el 30% cree probable perderlo en los próximos
seis meses.
- El que pierde el empleo está desprotegido. El seguro de desempleo
cubre no mucho más del 5% de los desocupados y 4 de cada 5 desempleados,
no califican para el seguro de desempleo porque son informales.
El empleo en negro no cesa de crecer
Desde el inicio de la reforma económica, la proporción de asalariados
no registrados aumentó 10 puntos porcentuales hasta el 36% del total.
A comienzos de la década del 80, eran menos del 18%. Ocho de cada 10
asalariados en negro, pertenecen a micro y pequeñas empresas de menos
de 20 personas**.
El gobierno es consciente y reconoce que la situación laboral empeoró
decididamente desde la implantación del modelo neoliberal por parte
del menemismo. Pero insiste con la misma receta: mayor desprotección
laboral y para lograrlo, apunta directamente a la caída de los convenios
colectivos de trabajo, para promover la "negociación por empresa"
y "democratizar" la misma. Dicho de otra forma, para
que desaparezca el convenio colectivo y el trabajador quede sometido
a ley impuesta por el patrón.
El proyecto oficial plantea como una necesidad para lograr crecimiento
del empleo, la reducción de costos indemnizatorios.
No por casualidad, algunos entes empresarios (los de mayor peso) también
se prenden del discurso flexibilizador.
Pero, ¿se ha tenido en cuenta el monto de lo que dejarán de pagar los
empleadores por cada mes que tenga un trabajador a prueba?
Si consideramos un salario de 300 pesos, y que la ley actualmente estipula
la doceava parte del salario mensual (o el 8,33%, que es lo mismo),
la "baja del costo indemnizatorio" se traduce en un "ahorro"
para el empleador de 25 pesos por mes.Está claro que con esta medida
no se generarán empleos y que la discusión del período de prueba ha
sido instalada a propósito, para esconder o disimular que el verdadero
objetivo del proyecto oficial, apunta a debilitar las organizaciones
nacionales y a desmantelar los convenios colectivos, para legalizar
la baja de salarios y condiciones de trabajo a través de una "negociación"
por empresa.
2. ¿Es mejor negociar empresa por empresa o sólo por
sindicato?
Una encuesta sobre los sindicatos
Carlos A. Tomada*
Se acaba de dar a conocer una encuesta en la que surge claramente que
los trabajadores asalariados continúan privilegiando el papel del Sindicato
Nacional (solo o acompañado por otras instancias gremiales) en la negociación
colectiva. Esta opinión se expresa en el mismo momento en que el gobierno
está enfrascado en una reforma tendiente a debilitar el papel de los
gremios a nivel nacional en la negociación de los convenios. Cualquiera
podría suponer siguiendo el discurso oficial que la negociación
colectiva ha permanecido en los últimos años en la Argentina cerradamente
centralizada y de carácter nacional. Nada más lejos de ello. Los datos
oficiales del Ministerio de Trabajo muestran que en los últimos años
casi el 90% de la negociación fue a nivel de empresas o establecimientos.
La mayoría de los estudios de investigación exhiben el poder unilateral
del empresariado (ya sean las firmas de inversión extranjera directa
o de capital nacional; grandes, medianas o pequeñas) en la determinación
de la organización del trabajo.
¿Cuál es entonces el objetivo de esta reforma laboral en materia de
acuerdos colectivos? ¿Cuál es el interés de suprimir el convenio colectivo
de actividad? ¿Para qué esta reforma del actual sistema de negociación
colectiva que hoy permite todas las alternativas? La encuesta a la que
hacíamos referencia expresa claramente que el 60% de encuestados percibe
una importante debilidad por parte de las comisiones internas o sindicatos
locales. ¿No será éste el objetivo último de la reforma, debilitar aún
más a quienes discuten con el empleador? Esta ofensiva también la llevaron
a cabo los empresarios y algunos académicos "neutrales" en
otras democracias y ahí no estaban los Cavalieri, los Moyano o los De
Gennaro. Es que la intención es profundizar el debilitamiento del papel
del sindicato (no de los "sindicalistas").
A eso apunta la absoluta descentralización del convenio colectivo (imaginemos
una negociación en cada una de las empresas del país). Sólo persigue
el desamparo convencional de miles de trabajadores, la competencia empresaria
basada en la sistemática reducción de los costos laborales y la fragmentación
del poder sindical. De la encuesta surge también que el 67% de los trabajadores
prefiere la existencia de un piso mínimo para la actividad en todo el
país. En la Argentina, la mayoría de los convenios colectivos se han
ido convirtiendo en verdaderos pisos (no techos), difícilmente susceptibles
de ser negociados a la baja. Por lo tanto, algunas empresas, comprendidas
en un convenio de actividad o rama, deseosas de negociar sus propios
salarios o de adaptar su organización del trabajo, pueden hacerlo mejorando
los mínimos establecidos en el nivel superior, mediante negociaciones
a nivel de la empresa, conforme a su característica tecnológica y sus
posibilidades de eficiencia y calidad.
Esto lo saben y comparten muchos miembros de la Alianza, pero lamentablemente
la posición oficial, apoyada en el ya público asesoramiento de los principales
técnicos empresarios, intenta no una descentralización articulada de
la negociación colectiva, como han aceptado los sindicatos, sino la
desaparición lisa y llana de todo acuerdo que no sea el de empresa.
Pero lo más curioso es que finalmente, en el afán de imponer un modelo
excluyente de negociación, no dudan en recurrir a un hoy sorprendente
intervencionismo gubernamental, a través de un arbitraje obligatorio,
sistemáticamente rechazado por la OIT.
* Consultor. Profesor Relaciones de Trabajo,
UBA.
3. Desempleo y democratización
Claudio Lozano*
La propuesta del Gobierno invita a discutir, por ejemplo, el plazo
del período de prueba. Sin embargo, en una economía con un 14 por ciento
de desocupación y 40 por ciento de trabajo clandestino, el período de
prueba puede extenderse tanto como el patrón requiera. Nos convoca también
a considerar la importancia de los convenios por empresa. Pero desde
1996 el 80 por ciento de los convenios tuvo ese carácter. Además, en
nombre de la modernidad, impone abandonar la ultraactividad de los vetustos
convenios de 1975. La realidad indica que los trabajadores supuestamente
regulados por dichos convenios hace rato que han perdido derechos y
prerrogativas de esa época. Estamos discutiendo cuestiones secundarias.
La reforma aparece cooptada por la pregunta que gobernó el debate laboral
de la última década (¿flexibilización sí o no?). Pregunta falaz que
contribuye a ocultar la discusión de los problemas fundamentales: Desempleo
y democratización de las relaciones laborales. Quienes quieren la flexibilización
parecen suponer que ésta no rige en la Argentina y, por tanto, su puesta
en práctica tendría efectos benéficos sobre el mercado laboral, en el
fondo, sólo pretenden otorgarle status legal a la práctica empresarial
vigente, garantizando así mayor presión sobre el mercado formal y una
reducción del costo laboral promedio. Quienes dicen que no, se aferran
a un esquema que no ha logrado frenar la debacle en materia de empleo
y salario. En realidad, sólo pretenden defender prerrogativas que hace
rato han dejado de pertenecer a los trabajadores para transformarse
en claros beneficios corporativos.
En este marco, el proyecto dice promover el empleo estable y de calidad,
fomentar la negociación colectiva y formalizar el trabajo. Pero al hablar
de empleo estable asocia esta cualidad con el simple carácter de empleo
en blanco haciendo caso omiso de las condiciones que éste exhiba. En
realidad, la decisión oficial de incrementar los costos del período
de prueba y reducir los correspondientes a la contratación formal, manteniendo
las bajas indemnizaciones que estableciera Erman González para los nuevos
trabajadores, define un nuevo modo de ingreso (más flexible) a la planta
formal con el objeto de blanquear la rotación laboral vigente. En su
prédica en favor de la negociación colectiva, el proyecto hace abstracción
de las condiciones que, en materia laboral y en términos de garantías
y legalidad para la organización de los trabajadores, rigen en nuestro
país. Es obvio que en ausencia de disposiciones que alteren el cuadro
vigente en ambos aspectos sólo legaliza la práctica vigente de negociar
a la baja los derechos de los trabajadores. Más aún cuando se observa
en el articulado del proyecto una manifiesta vocación por privilegiar
el nivel inferior de negociación (empresa). Se dirá que es pronto para
exigir soluciones al problema ocupacional (no obstante, el silencio
en la materia es preocupante) pero no se entiende que un gobierno con
vocación democrática siga consolidando una arquitectura sindical que
al mantener el monopolio de la personería gremial cristaliza estructuras
en muchos casos burocráticas y propatronales. El proyecto no restituye
a los trabajadores la capacidad de elegir y construir sus propias organizaciones
y deja vigente el riesgo de despido para los que decidan organizarse
de manera autónoma. Por último, la decisión de formalizar el empleo
se sostiene en una ambigua referencia a la simplificación de los trámites
de registro y en el mantenimiento de una tendencia, propia de la última
década, que acerca la denominada formalidad a las características del
empleo clandestino. Es decir, eliminación de los costos fijos asociados
con la contratación del trabajador (aportes e indemnización) y transformación
del asalariado en un costo variable en cantidad y precio segun los vaivenes
del ciclo económico. La propuesta de una nueva rebaja de aportes manteniendo
losniveles indemnizatorios que estableciera Erman González es un paso
más en esta dirección.
* Director del Instituto de Estudios y Formación
de la CTA.
4. Los "enemigos" de la modernidad
Hugo A. Moyano*
No es que a los trabajadores y a sus organizaciones les sorprenda esta
situación de ser puestos en la posición de "enemigos" de la
modernidad o de pretendidos progresos, ya que ello ha ocurrido casi
sin excepciones con cada nuevo gobierno. Y aunque es posible admitir
diferencias en las razones por las cuales el poder de turno actuó de
esa manera, habrá coincidencia en que nunca nada bueno les pasó a los
trabajadores argentinos. En esta oportunidad quienes impulsan, lo llamaremos
corregir el error argentino o la definitiva puesta en su lugar de la
Argentina que debe adquirir todos los "beneficios" que poseen
los restantes países latinoamericanos en materia de legislación laboral
y estructura social, son como siempre un grupo de teóricos iluminados
decididos a aprovechar la oportunidad histórica de barrer con lo que
ellos bautizaron como "burocracia sindical", y el grupo de
vivos que los utiliza para sacar provecho, satisfaciendo de este modo
la necesidad del modelo de mantener los salarios a la baja en forma
permanente.
Muchos sectores de la clase media, que se han olvidado de qué manera
y cuándo comenzó la movilidad social del país, y que ellos son también
trabajadores, se sienten fuertes en esta oportunidad. Ello hasta que
el modelo los excluye con telegramas de despido, con contratos basura
u obteniendo la jubilación. La culpa no es de la gente: es nuestra culpa
como dirigencia sindical no haber podido expresarnos con unidad y seriedad
frente al fenómeno de precarización social de los últimos años.
Nuestros amigos de la Alianza, que nos reclamaban paros y barricadas
contra las sucesivas reformas laborales, alegremente nos enfrentan hoy
con un proyecto multiplicado con propósitos claros, ya que nadie después
de tantas reformas laborales fracasadas puede creer que con esta ley
se crean condiciones para producir empleo. Destruir los convenios colectivos
de actividad, en cuanto establecen mínimos sociales que no pueden ser
derogados por las partes, y debilitar la capacidad de negociación colectiva
de los sindicatos, atomizando la representación y la negociación, producirá
una fuerte caída en los niveles salariales.
Se sienten fuertes, porque a muchos políticos que nunca son excluidos
del modelo aunque se rebajen los gastos reservados de los diferentes
partidos políticos parece importarles un bledo la suerte social del
país y el futuro argentino, y porque pueden mentir con impunidad. En
la Argentina se viene negociando colectivamente en forma activa desde
1986. En los últimos años incluso el Ministerio de Trabajo ha registrado
u homologado varios cientos de convenios colectivos aun de nivel de
empresa, siendo escasos los convenios que datan desde 1975 (a veces
también inmóviles por interés empresario), por lo que es evidente que
nada tiene que ver este proyecto con la modernidad y con impulsar la
negociación colectiva. La verdad es que a pesar de la caída concreta
del nivel de ingresos de los trabajadores argentinos, de la transferencia
de recursos del Estado a las emprsas (rebajas de aportes patronales),
del aumento de la productividad argentina, no sólo no ha disminuido
el desempleo sino que, por el contrario, ha aumentado junto con la pobreza
y la marginación social, temas que solapadamente los políticos ya eluden.
Parece que las cuestiones sociales han desaparecido de los temarios,
tal vez porque algunos dirigentes han descubierto que la pobreza va
a quedarse por mucho tiempo, tal vez porque ahora nos la proponen como
un fin en sí mismo del modelo económico que sostienen. Para que quede
claro lo que quieren hacer, pronto aparecerán nuevos proyectos contra
la ley sindical por ejemplo, y contra los dirigentes sindicales. No
es que crea que la dirigencia sindical es maravillosa: he sido siempre
claro acerca de la necesidad de una autocrítica. Pero no se confundan,
la persecución no es por lo malo que hacen los dirigentes, es por si
pueden hacer algo mejor en esta coyuntura tan especial.
Que no le digan a nadie que nos quedamos en el 45, es el Gobierno
el que nos propone una discusión de los años 30, ése es el perfil
de país que se delata y al que nos opondremos con todos los medios a
nuestro alcance.Si la reforma laboral se impone, paulatinamente se producirá
una caída general de salarios, que profundizará la exclusión social
y la pobreza, empeorarán las condiciones de trabajo. Tendremos leyes
vacías de contenido, no habrá modernidad, sino una simple y estúpida
charada. Hay dos condiciones para que un país progrese, primero un sistema
democrático consolidado, segundo una permanente voluntad de promover
una justa distribución del ingreso. La reforma laboral afecta las dos
premisas.
Asumo el compromiso de encabezar la CGT, con las convicciones de siempre,
y con la esperanza de lograr la reflexión de todos los sectores, asegurándoles
que no nos negaremos a ninguna instancia de diálogo, sino que,, al contrario,
propiciamos un escenario superador donde pueda encontrarse el consenso,
para luchar de veras contra la pobreza, para que el sindicalismo pueda
ser más útil a un modelo de país que ponga a la igualdad de oportunidades,
a la movilidad social, a la educación y a la justicia como objetivos
primordiales.
Nunca encabecé una medida de acción sindical, una huelga o cualquier
medida de acción directa en beneficio propio o de los dirigentes. Si
llega el caso del conflicto, que les quede claro a todos que el origen
del mismo no tiene que ver con el signo del Gobierno, ni con ningún
interés personal, sino con nuestras convicciones y con la defensa del
futuro de todas las familias trabajadores, para eso se crearon los sindicatos
y eso es lo que deben hacer los dirigentes sindicales.
* Secretario electo de la CGT.
5. El mercado laboral y la contrarreforma
Gustavo Caraballo *
Hace más de 25 años, como secretario técnico de Perón, me tocó explicar
a las distintas fuerzas políticas el contenido del Pacto Social. Tuve
reuniones con todos los partidos, y recibí comentarios y sugestiones
que me ocupaba de evaluar y transmitir. La única enfática demanda que
recibí de los sectores políticos más combativos (Partido Revolucionario
de los Trabajadores y otros del mismo espectro político) consistía en
habilitar negociaciones colectivas por empresa en vez de por actividad
o rama. Hablé con Rucci y con Otero (a la sazón, secretario de la CGT
y ministro de Trabajo) y rehusaron la propuesta, señalando que abriría
una estrategia foquista, utilizando algunas comisiones internas en poder
de elementos combativos para establecer negociaciones con la presión
de planes de lucha. Los empresarios consideraron entonces que en un
cuadro de pleno empleo y salarios razonablemente altos era peligroso
para la estabilidad admitir negociaciones por empresa. Veinticinco años
después vuelve la cuestión al resucitarse frustradas iniciativas del
menemismo, donde se permite la desconcentración de la negociación colectiva.
La medida apunta paradójicamente a una utopía de sentido contrario:
convertir a los sindicatos en escritorios dependientes de las oficinas
de personal de las empresas, y posibilitar una baja de salarios para
aumentar la competitividad argentina.
En un momento de amplio desequilibrio a favor de la oferta en el mercado
de trabajo, muchas empresas han concretado acuerdos de reducción de
salarios o aumento de la carga de trabajo. Este es el peor momento para
lanzar esta reforma que, como intenta revertir años de lucha y de progreso
social, debe calificarse como contrarreforma laboral, pues tiende a
atomizar la estructura sindical para ajustar costos laborales. Se prefiere
devaluar el trabajo, pero no alterar la política macroeconómica, como
se advierte por la reacción ante el planteo de Moyano.
Otros dirigentes políticos alertaron sobre el peligro de mantener la
eternidad de la Convertibilidad. Raúl Alfonsín aludió a los grandes
problemas generados por el modelo: desnacionalización de la economía,
desigualdad social, liquidación de la industria. Terragno mencionó que
se trata de un respirador artificial que no puede subsistir para siempre
sin generar dependencias que impidan la recuperación plena. Pero la
novedad es que el sinceramiento parte del sector sindical, cuando supuestamente
una devaluación perjudica al trabajador. Este punto merece por lo menos
abrir una discusión para encontrar alternativas. Hay muchos intereses
en contra de una reforma macroeconómica: los que no quieren ver disminuidos
el valor de sus activos al presentar sus balances a sus casas matrices,
los acreedores financieros que saben que la devaluación de un país endeudado
en divisas hará más difícil el pago y puede acelerar planteos políticos
antes que las habituales negociaciones financieras, los grandes endeudados
en dólares para expandir sus negocios más allá de lo que sus brazos
pueden abarcar.
Frente a todos esos tabúes se prefiere hoy seguir la receta de los
organismos financieros y generar mecanismos para devaluar el trabajo.
Si damos nuestra conformidad a libro cerrado a la iniciativa oficial,
la tercera vía que pretendíamos construir desde la Alianza estará francamente
en retirada y se habrá consolidado el modelo cuyo cambio pretendíamos.
* Abogado. Ex secretario técnico durante
la presidencia de Juan Perón, ex director de Bunge y Born, ex
director de la Fundación Carlos Auyero.
6. Protección y libertad
Adrián O. Goldin*
El sistema productivo se transforma de modo constante y se torna cada
vez más heterogéneo. Cambia la base tecnológica de los procesos, cambia
la forma de organizar el trabajo, cambia el modo en que se ordena la
producción. En ese marco, no hay manera más eficaz para desbaratar el
sistema de protección de los trabajadores que hacer "como si"
esas transformaciones no ocurrieran. Sólo la negociación colectiva,
que pone en equilibrio los reclamos simultáneos de eficiencia y equidad,
puede impulsar el ineludible proceso de adecuación constante por el
"camino alto", ese que se expresa en prácticas laborales modernas
que al mismo tiempo que habilitan altos niveles de eficacia productiva
se apoyan en condiciones de trabajo socialmente satisfactorias.
Precisamente por ello, es necesario recuperar la negociación colectiva,
hoy colapsada en la Argentina. A mi juicio, reformar el marco jurídico
es una condición necesaria para desencadenar ese proceso aunque, por
cierto, no suficiente. Cuando de la autonomía se trata, nada ha de cambiar
si los propios actores no están dispuestos a protagonizar ese cambio.
Quién puede negociar
En la propuesta oficial el único sujeto que puede negociar en representación
de los trabajadores es el sindicato con personería gremial, en cualquiera
de sus grados o formas (sindicato de primer grado, unión, federación,
confederación). No lo puede hacer una seccional ni un grupo desindicalizado,
ni siquiera la propia comisión interna. Esta es, en el contexto del
régimen sindical argentino, la única solución compatible con los principios
de la libertad sindical y, en especial, con los de los convenios 87
y 98 de la OIT. No es, sin embargo, la que está hoy vigente, ya que
la ley 25.013 (la denominada ley "Erman") despojó a los sindicatos
de primer grado de esas atribuciones a favor de las "entidades
de grado superior". Es precisamente por ello que la Comisión de
Expertos de la OIT declaró hace unas pocas semanas, refiriéndose a esa
ley, que "...la legislación no debería establecer cuál debe ser
el grado de la organización de trabajadores que tiene el poder para
negociar..." por lo que "...la Comisión solicita al Gobierno
que tome medidas para modificar la legislación en este sentido..."
No está de más agregar que el único antecedente legal de esa disposición
es la ley 22.105 sancionada en 1979 por la dictadura militar.
Claro está que no hay inconvenientes en que el sindicato delegue voluntariamente
sus atribuciones en una federación, o que esta última apoye u oriente
a aquél en la negociación. Obviamente, si el sindicato de primer grado
rechazara esa asistencia, habría que pensar que lo que hay es un problema
de representatividad de la dirigencia.
El nivel de la negociación
En cuanto al nivel de negociación, el proyecto oficial habilita la
posibilidad de negociar en cualquiera de ellos (la actividad, el sector
económico, la región o provincia, la empresa o grupo de empresas, etc.),
y determina que han de ser las partes las que lo elijan de común acuerdo
en ejercicio irrestricto de su autonomía (así lo exigen los organismos
de control de la OIT). Los conflictos relativos al nivel en que se ha
de negociar no deben resolverse mediante estrategias de intervencionismo
centralizador (como los de la ley "Erman") o descentralizador
(como los que se procuró imponer por decreto en etapas anteriores de
la misma gestión de gobierno), sino mediante el uso de los modos no
compulsivos de solución de conflictos.
Una pregunta
¿Pueden disposiciones como ésas, que no expresan otra cosa que el acatamiento
de los convenios internacionales y de los principios de la libertad,
marcarle un rumbo regresivo al futuro de la negociación colectiva? En
verdad, no lo creo; mal estaríamos si en la Argentina debiéramos cuidarnos
de cumplir con lo que es debido. Por otra parte, no hay mayor "atomización"
ni mayor degradación de las condiciones de trabajo que la que deriva
de dejar a los trabajadores expuestos a la negociación individual y
al imperio de la unilateralidad. Eso es lo que está pasando y no deja
de ser malo sólo porque en eso el sindicato no necesite comprometerse
con su firma.
* Ex subsecretario de Trabajo de Raúl Alfonsín
y asesor de Eduardo Angeloz.
-------------------------------------------------
*Federación Argentina de Trabajadores de la
Imprenta, Diarios y Afines -FATIDA
** Fuente: Párrafos extraídos literalmente del
mensaje del Poder Ejecutivo a la Cámara de Diputados, precediendo
la propuesta de flexibilización.