Acuerdo Marco entra la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
y diversas Instituciones sociales para la cogestión de la formación
profesional
FIRMADO EN EL CIERRE DEL
AÑO LECTIVO 1994
Acceso
al documento en formato word
VISTO:
La transferencia de 23 Centros de Formación Profesional
del CONET (Consejo Nacional de Educación Técnica - jurisdicción Capital
Federal) a la Secretaría de Educación y Cultura de la M.C.B.A. (Municipalidad
de la Ciudad de Buenos Aires), en el marco de la Ley Nº 24.049; y,
CONSIDERANDO:
Que 20 de dichos Centros y sus respectivos Anexos funcionan
bajo la modalidad de Convenio entre el Estado e instituciones sindicales,
empresariales y no-gubernamentales; convenios que han sido establecidos
originariamente con el CONET y continúan prorrogados "de hecho"
con la M.C.B.A.;
Que dicha modalidad se funda básicamente en un concepto
de cogestión educativa, en el cual el Estado determina y supervisa técnica
y pedagógicamente, otorga las certificaciones oficiales y se hace cargo
del pago de las Plantas Orgánicas Funcionales, en tanto las entidades
conveniantes diseñan los proyectos institucionales, aportan la infraestructura
edilicia, proveen equipamientos e insumos, organizan y administran el
desarrollo de las acciones;
Que los tres Centros restantes, dependientes directos
de la M.C.B.A., sumados al que ésta ya poseía (CIFPA - Centro Integral
de Formación Profesional de Adolescentes), mantienen convenios con instituciones
similares a los fines de ampliar sus servicios de capacitación en acciones
descentralizadas;
Que el logro de los principales objetivos de la Formación
Profesional -capacitación para la inserción y/o reconversión laboral-
se funda en una real vinculación entre el mundo de la educación y el
del trabajo y la producción;
Que la modalidad de Convenio articula en forma efectiva
a los actores sociales involucrados optimizando la necesaria relación
armónica de demanda-oferta en materia de calificaciones ocupacionales
actualizadas;
Que la experiencia anterior (CONET) y los dos años
ya transcurridos en el ámbito de la M.C.B.A. demuestran la eficacia
del Sistema, tanto en términos cualitativos (diversidad de la oferta
y contenidos programáticos) como cuantitativos (crecimiento sostenido
de la matrícula con baja afectación presupuestaria);
Que dicha experiencia demuestra también óptimos resultados
en materia de responsabilidades de conducción y administración de las
Unidades Educativas cuando las mismas descansan en las personas idóneas
propuestas por las entidades conveniantes;
Que en vista de todo lo expuesto y en función de dar
más y mejores respuestas a la comunidad en materia de Formación Profesional,
se estima conveniente continuar y ampliar en lo posible los alcances
del Sistema descripto;
POR TODO ELLO:
Entre la Secretaría de Educación y Cultura de la M.C.B.A.,
representada en este Acto por el Señor Secretario, y las instituciones
sociales conveniantes y los Centros dependientes directos, representados
en este Acto por sus respectivos titulares, se establece el presente
Acuerdo Marco sujeto a las siguientes cláusulas:
1º.- Ratificar la validez, vigencia y proyección
de la modalidad de Convenio entre el Estado y las instituciones
sociales, para la cogestión educativa y el desarrollo de acciones
en el Sistema de Formación Profesional.-
2º.- Regularizar el compromiso conveniante
entre la M.C.B.A. y las instituciones que se detallan al pie, dentro
de los principios generales del presente Acuerdo Marco y atendiendo
a la singularidad de cada institución en particular, a partir del
1º de enero de 1995.-
Refrenda el presente Acto el Señor Intendente de la Ciudad de Buenos
Aires:
Lic. Jorge DOMINGUEZ
FIRMAN:
| Señor Secretario de Educación
y Cultura de la M.C.B.A: |
Dr. Armando BLASCO |
| C.F.P. Nº 1 - M.C.B.A.: |
Prof. Orlando SARRIA |
| C.F.P. Nº 3 - UNION OBRERA DE
LA CONSTRUCCION: |
S.G. Gerardo MARTINEZ |
| C.F.P. Nº 4 - M.C.B.A.: |
Sr. Oscar DONATO |
| C.F.P. Nº 5 - UNION DE DOCENTES
ARGENTINOS: |
S.G. Domingo SOLIMANO |
| C.F.P. Nº 7 - M.C.B.A.: |
Prof. José Enrique LOPEZ |
| C.F.P. Nº 8 - SINDICATO DE MECANICOS
Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR: |
S.G. José RODRIGUEZ |
| C.F.P. Nº 10 - SINDICATO EMPLEADOS
DE COMERCIO: |
S.G. Armando CAVALIERI |
| C.F.P. Nº 12 - UNION DE TRABAJADORES
GASTRONOMICOS: |
S.G. Juan Alfredo REYES |
| C.F.P. Nº 13 - ASOCIACION SUPERVISORES
DE LA INDUSTRIA METALMECANICA: |
S.G. Guillermo DIAZ OLIVIERI |
| C.F.P. Nº 14 - UNION TRABAJADORES
DE LA INDUSTRIA DEL CALZADO: |
S.G. Agustín AMICONE |
| C.F.P. Nº 15 - FUNDACION p/LA
SALUD: |
Sra. Matilde MENENDEZ |
| C.F.P. Nº 16 - SINDICATO GRAN
BS. AS. DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS: |
S.G. José Luis LINGERI |
| C.F.P. Nº 17 - CAMARA DE LA CONSTRUCCION: |
Ing. Monir MADCUR |
| C.F.P. Nº 18 - CAMARA DE COMERCIO
AUTOMOTOR: |
|
| C.F.P. Nº 19 - ASOCIACION CIVIL
FORO SINDICAL: |
Prof. Roberto José SERRAO |
| C.F.P. Nº 20 - MUTUAL DE COLEGIALES: |
Dip. Miguel A. GARCIA MORENO |
| C.F.P. Nº 21 - ARZOBISPADO DE
LA CIUDAD DE BS. AIRES: |
|
| C.F.P. Nº 22 - FEDERACION OBREROS
Y EMPLEADOS TELEFONICOS: |
S.G. Julio GUILLAN |
| C.F.P. Nº 23 - ASOCIACION MAGISTERIO
DE LA ENSEÑANZA TECNICA: |
S.G. Jorge DOBAL |
| C.F.P. Nº 24 - FUNDACION GEN.
2000: |
Sr. Alejandro CALAMPUCA |
| C.F.P. Nº 26 - ASOCIACION EMPLEADOS
DE FARMACIAS: |
S.G. Horacio MUJICA |
| C.F.P. Nº 27 - SINDICATO DE LUZ
Y FUERZA: |
S.G. Oscar LEZCANO |
| C.F.P. Nº 28 - SINDICATO UNIDO
TRABAJADORES DE EDIFICIOS RENTA Y HORIZONTAL: |
S.G. José SANTAMARIA |
| C.I.F.P.A. - M.C.B.A.: |
Prof. Ricardo RODRIGUEZ |