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Fecha de actualización:
20/11/2008

 

 

LA GESTIÓN DE LA CALIDAD EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL
El uso de estándares y sus diferentes aplicaciones

Fernando Vargas Zúñiga
Consultor, Cinterfor/OIT

 

ANEXO 5

“Criterios generales para los organismos de certificación que administran la certificación de personas”
Proyecto de norma ISO/IEC DIS 1702418

Esta norma internacional especifica los requisitos para el órgano que certifica personas frente a requerimientos específicos, asegurando que los órganos de certificación que manejan esquemas de certificación para personas operen de manera confiable y consistente. Se incluye dentro de estos requisitos la importancia de asegurar que el personal de los órganos de certificación garantice la imparcialidad en sus funciones. A su vez describe el desarrollo y mantenimiento de un esquema de certificación para las personas. Este esquema es un sistema de gestión, que permite llevar adelante el proceso de certificación.

El proceso de certificación es el proceso por el cual un órgano certificador, certifica que una persona cumple con los requisitos de competencia previamente especificados. A través de este proceso se reconoce formalmente y de manera temporal las capacidades laborales que la persona posee, sin importar cómo fueron adquiridas.
El Proceso de certificación, según esta norma, está constituido por las siguientes etapas:

 

Resumen de las etapas desarrolladas en este proyecto de norma:

- En la etapa de “Solicitud de certificación” el órgano certificador proveerá al aspirante una descripción detallada y actualizada del proceso de certificación para cada esquema de certificación así como una especificación de los requisitos para la certificación, como también una especificación de los derechos y obligaciones de una persona certificada. Por último el órgano requerirá al aspirante el llenado y firma de una solicitud según criterios especificados en el proyecto de norma. El órgano certificador asegura que los datos personales y los certificados presentados no influenciarán la evaluación.

- En la etapa de “Evaluación”, el órgano de certificación debe revisar la solicitud para asegurarse que la misma sea procedente tanto por la capacidad del organismo en otorgar la certificación solicitada, como por la formación requerida al aspirante para dicha certificación. Debe especificar el criterio de planificación y estructuración de los exámenes que forman parte de la evaluación. Se describe la forma en que el órgano de certificación evaluará las habilidades y aptitudes de los candidatos según los requisitos del esquema de certificación y se especifica que el órgano certificador adoptará procedimientos de informes que aseguren que el desempeño y los resultados de toda evaluación sean documentados de manera apropiada.

- La “Decisión sobre la certificación de un candidato” es tomada por el órgano de certificación sobre la base de los datos recabados durante el proceso de certificación. Quienes toman dicha decisión no deben haber participado de la evaluación o entrenamiento del candidato. El órgano certificador es quien provee el certificado, manteniendo su propiedad. Se describen el formato y el contenido del certificado, documento que debe ser firmado o autorizado por la autoridad responsable del órgano.

- En la “Supervisión y procedimiento de recertificación” el órgano certificador especificará los requisitos de vigilancia y recertificación de acuerdo con los documentos normativos, asegurando que la persona certificada cumpla con los requisitos de certificación actualizados. Dicho órgano establecerá procedimientos y condiciones para el mantenimiento de la certificación de acuerdo con el esquema de certificación.

Es el órgano certificador quien provee un logotipo o marca de certificación. Con respecto al uso de los certificados y logotipo/marcas, es el órgano de certificación quien documentará las condiciones de uso y gestionará los derechos de uso y representación. El órgano de certificación requerirá que la persona firme un acuerdo sobre ciertos aspectos especificados en dicho proyecto de norma. Por último especifica las medidas que deben ser tomadas ante referencias inapropiadas a la certificación o uso indebido de certificados y marcas/logotipo.

 

Conclusiones propuestas - Continuación

 

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