Un aporte a la
productividad. CAPACITACIÓN. El Mercurio. Santiago de Chile,
miércoles 27 de setiembre de 2006
El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a través
del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), está
completando un proceso que apunta a la mejora sustancial de la capacitación
para el empleo en el país. Dicho proceso beneficiará tanto
a las empresas como a los trabajadores, pues significará un incremento
de la calidad y pertinencia de la oferta de este tipo de formación,
con impacto directo sobre la productividad de la economía en
su conjunto.
En efecto, la Ley 19.967, promulgada en septiembre de 2004, se fijó
como objetivo elevar los estándares de las entidades que se dedican
a impartir cursos de formación para el empleo, entre las que
se cuentan universidades, institutos profesionales, centros de formación
técnica y liceos técnico-profesionales.
Un intenso proceso
En cumplimiento de esta normativa, más de 1.300 Organismos Técnicos
de Capacitación presentaron a tiempo es decir, hasta las
24 horas del pasado 4 de septiembre sus antecedentes para lograr
la certificación de calidad exigida por la ley. De ellos, la
mayoría ya cuenta con la resolución jurídica que
les permitirá seguir operando y formar parte del Registro Nacional
de OTEC, en tanto que los restantes están siendo sometidos a
un exhaustivo análisis técnico y legal que se extenderá
hasta la primera semana de octubre.
Este proceso de certificación, que se extendió por un
período de dos años, permitirá que el mercado de
la capacitación opere de manera mucho más eficiente y,
aspecto muy importante, también con mayores grados de confiabilidad
para los usuarios, garantizando de este modo la fe pública.
Por otro lado, como país, debe enorgullecernos que por primera
vez se hayan aplicado estándares internacionales, homologados
a una norma chilena, lo que en la práctica significa acercar
la capacitación nacional a la que se entrega en países
desarrollados.
A futuro, los organismos capacitadores deberán actualizar su
certificación una vez expirado el período de vigencia
de la misma. De no efectuarse tal actualización, el director
del Sence, por ley, está facultado para revocar la inscripción
respectiva en el Registro Nacional de OTEC. Lo anterior, sin perjuicio
de los requisitos generales contemplados para la mantención en
tal Registro. Todo esto es de suma importancia, pues permite garantizar
en el largo plazo la calidad del sistema como un todo y la pertinencia
de las competencias ofrecidas a los usuarios del mismo.
Sin duda estas medidas son un aporte al empleo futuro, tanto en calidad
como en cantidad, así como a la calidad de la producción
y los servicios, lo que influirá positivamente en nuestra productividad.
Fuente: http://www.edicionesespeciales.elmercurio.com/destacadas/detalle/index.asp?idnoticia=0127092006021X1040007&idcuerpo=552