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Fecha de actualización:
01/09/2008

 

 

Un aporte a la productividad. CAPACITACIÓN. El Mercurio. Santiago de Chile, miércoles 27 de setiembre de 2006

 

El Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), está completando un proceso que apunta a la mejora sustancial de la capacitación para el empleo en el país. Dicho proceso beneficiará tanto a las empresas como a los trabajadores, pues significará un incremento de la calidad y pertinencia de la oferta de este tipo de formación, con impacto directo sobre la productividad de la economía en su conjunto.

En efecto, la Ley 19.967, promulgada en septiembre de 2004, se fijó como objetivo elevar los estándares de las entidades que se dedican a impartir cursos de formación para el empleo, entre las que se cuentan universidades, institutos profesionales, centros de formación técnica y liceos técnico-profesionales.

Un intenso proceso

En cumplimiento de esta normativa, más de 1.300 Organismos Técnicos de Capacitación presentaron a tiempo ­es decir, hasta las 24 horas del pasado 4 de septiembre ­ sus antecedentes para lograr la certificación de calidad exigida por la ley. De ellos, la mayoría ya cuenta con la resolución jurídica que les permitirá seguir operando y formar parte del Registro Nacional de OTEC, en tanto que los restantes están siendo sometidos a un exhaustivo análisis técnico y legal que se extenderá hasta la primera semana de octubre.

Este proceso de certificación, que se extendió por un período de dos años, permitirá que el mercado de la capacitación opere de manera mucho más eficiente y, aspecto muy importante, también con mayores grados de confiabilidad para los usuarios, garantizando de este modo la fe pública.

Por otro lado, como país, debe enorgullecernos que por primera vez se hayan aplicado estándares internacionales, homologados a una norma chilena, lo que en la práctica significa acercar la capacitación nacional a la que se entrega en países desarrollados.

A futuro, los organismos capacitadores deberán actualizar su certificación una vez expirado el período de vigencia de la misma. De no efectuarse tal actualización, el director del Sence, por ley, está facultado para revocar la inscripción respectiva en el Registro Nacional de OTEC. Lo anterior, sin perjuicio de los requisitos generales contemplados para la mantención en tal Registro. Todo esto es de suma importancia, pues permite garantizar en el largo plazo la calidad del sistema como un todo y la pertinencia de las competencias ofrecidas a los usuarios del mismo.

Sin duda estas medidas son un aporte al empleo futuro, tanto en calidad como en cantidad, así como a la calidad de la producción y los servicios, lo que influirá positivamente en nuestra productividad.


Fuente: http://www.edicionesespeciales.elmercurio.com/destacadas/detalle/index.asp?idnoticia=0127092006021X1040007&idcuerpo=552

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