Revista
Internacional del Trabajo: Igualdad en el trabajo.
Ginebra, OIT. Vol. 122, n 4, 2003.
Aunque se condena formalmente de manera universal, la discriminación
sigue practicándose en todo el mundo y está adoptando
características nuevas, ocultas y más sutiles. La abolición
de la discriminación laboral no ha logrado hasta ahora erradicarla
en la práctica, lo cual, además de suponer un despilfarro
de talentos y de recursos humanos, constituye un serio obstáculo
para alcanzar la cohesión social, la estabilidad política,
la reducción de la pobreza y el crecimiento económico.
La mayor parte de este número monográfico sobre la
discriminación está formada por estudios preparados
originalmente para confeccionar el último informe global publicado
por la OIT en cumplimiento de la Declaración relativa a los
principios y derechos fundamentales en el trabajo, de 1981.
Los artículos que se presentan en este número monográfico
"Igualdad en el trabajo" tratan de los aspectos conceptuales
y teóricos de la discriminación, de las medidas antidiscriminatorias
adoptadas en las pequeñas y medianas empresas, en la economía
informal, y de la eficacia de la negociación colectiva y de
los salarios mínimos en la lucha contra la discriminación
laboral.
Algunos artículos de interés
"Análisis de los conceptos de discriminación
y de igualdad en el trabajo", de Manuela Tomei
Trata del alcance jurídico del concepto de discriminación,
con especial referencia al Convenio de la OIT sobre la discriminación
en el empleo y la ocupación (núm. 111), de 1958. Además
de la discriminación directa y la indirecta, encuadradas en
categorías jurídicas tradicionales como el sexo o la
raza, la autora estudia la variante fundada en la noción de
mérito -- que está forjada por las ideas dominantes
en la sociedad -- y la desventaja social múltiple, fruto de
la superposición en una misma persona de varias causas de discriminación.
En la segunda parte analiza las consecuencias en el terreno teórico
y práctico de tres planteamientos de la igualdad de oportunidades
y de trato, los basados en la justicia individual, en la justicia
social y en el reconocimiento de la diversidad de las personas.
"Conjugar la negociación colectiva y el fomento de
la igualdad", de Adelle Blackett y Colleen Sheppard
Plantea que la negociación colectiva y la lucha contra la
discriminación laboral tienen propósitos de carácter
democrático e igualitario que se refuerzan mutuamente. Hasta
qué punto satisfacen las expectativas que despiertan, pues
los trabajadores de la economía regular son casi los únicos
que disfrutan del derecho a la negociación colectiva. Carecen
de esta posibilidad la mayoría de los trabajadores del mundo,
sobre todo los situados en la economía informal de los países
en desarrollo, y una parte desmesurada de los hombres y mujeres pertenecientes
a los colectivos que han sufrido tradicionalmente la discriminación.
Las autoras destacan que la negociación colectiva no deja de
distanciarse de la labor de fomento de la igualdad; así, la
privación en la práctica del derecho a negociar pone
en peligro el reconocimiento efectivo del otro principio. Con el fin
de resolver este problema, exploran las medidas reguladoras que puede
adoptar el Estado y las maneras de fomentar la igualdad en el ámbito
de la negociación colectiva.
La desigualdad en el trabajo en la economía informal. Cuestiones
esenciales y ejemplos, de Barbara Harriss-White
En muchos países, las leyes que prohíben la discriminación
laboral sólo amparan a una pequeña minoría de
los trabajadores porque se circunscriben a categorías demasiado
sintéticas como el sexo o el color de la piel. En la práctica,
la discriminación es mucho más compleja porque emana
de un orden social muy polimorfo y, en última instancia, de
la identidad, que conforma las ideas y reglas predominantes que respaldan
los empresarios y los trabajadores, sobre todo si no hay normas estatales
al respecto (en ámbitos como la casta, la raza o la religión).
Las formas de autoridad a través de las cuales se forja y transforma
la identidad nacen fuera de la economía y funcionan tanto dentro
como fuera de ella. Con este telón de fondo, Barbara Harris-White
estudia cuáles son las mejores maneras para que los agentes
institucionales y las fuerzas del mercado afronten el problema de
la discriminación laboral.
La discriminación racial. Teorías, hechos y planes
políticos, de Marco Fugazza
A la vez que destaca la validez de los modelos teóricos de
discriminación racial en los estudios prácticos, el
autor, propugna que se amplíen los estudios de este género
a fin de detectar los sistemas de transmisión de las desigualdades
y esclarecer las causas profundas de la discriminación5. Con
esta información podrán adoptarse estrategias polifacéticas
destinadas a combatir las variantes indirectas, sutiles y ocultas
de la discriminación (por ejemplo, en los mercados de la vivienda
e hipotecario), que han sido forjadas a lo largo de la historia por
unas estructuras y actitudes institucionales sesgadas y que no pueden
afrontarse únicamente con leyes y decretos. Mediante actividades
de promoción y debates bien respaldados con datos estadísticos
y pruebas empíricas puede impulsarse un movimiento social de
amplia base capaz de desmontar las barreras discriminatorias.
Perspectivas El salario mínimo como instrumento para luchar contra
la discriminación y promover la igualdad
Aunque son más comunes de lo que cabía esperar, los
planes y medidas de igualdad de oportunidades son menos corrientes
en las pequeñas y medianas empresas (las llamadas «pymes»)
que en las grandes, sobre todo si no son obligatorios, como sucede
en el Reino Unido y en las pequeñas empresas australianas.
La investigación que presentan los autores no indica que unas
leyes muy coercitivas obliguen a las empresas a adoptar disposiciones
que mermen su productividad. Por el contrario, la adopción
de un plan de igualdad de oportunidades lleva aparejada una productividad
superior en todos los grupos de empresas, excepto en las «pymes»
británicas. El mayor efecto positivo se registra en las empresas
sujetas a las obligaciones igualitarias más estrictas.
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